El Tratado de
Ámsterdam entró en vigor el 1 de Mayo de 1999 siendo ratificado por todos los
Estados miembros, convirtiéndose así en
la nueva normativa legal de la Unión Europea.
Tras revisar el Tratado de Maastricht, fue aprobado por el Consejo de
la Unión Europea de Amsterdam
(16 y 17 de junio de 1997)
y firmado el 2 de Octubre
de 1997 por los ministros de Asuntos Exteriores de los quince países miembros
de la Unión Europea.
Entre los temas a tratar, que habían quedado
pendientes en el Tratado de Maastricht figuran: empleo, libre circulación de ciudadanos, justicia,
política exterior y de seguridad común, y reforma institucional para afrontar
el ingreso de nuevos miembros.
Ø En 1997 nace Europol, la policía
europea, que empezará a funcionar en 2004.
Ø
Se
crea la figura de "Mister PESC"(Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común),
el ministro de Exteriores de la Unión. Javier Solana, antiguo ministro y ex-secretario
general de la OTAN, ha sido el primer europeo designado para este puesto.
Ø
Se
estableció la libre circulación de personas en el territorio de la UE,
procedentes de sus Estados Miembros (Tratado de Schengen); sólo Reino Unido, Irlanda y
Dinamarca quedan fuera voluntariamente, reservándose el derecho de ejercer
controles sobre las personas en sus fronteras.
Ø
Las reformas más importantes
llevadas a cabo en las instituciones comunitarias son las siguientes:
- Se fija definitivamente el número de miembros del Parlamento Europeo.
- Se simplifica el procedimiento
de codecisión (procedimiento
legislativo ordinario: da el mismo peso al Parlamento y al Consejo en muy
diversos ámbitos (por ejemplo, los de transportes, medio ambiente o protección
del consumidor). Dos terceras partes de las leyes europeas son adoptadas
conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo.
- Los procedimientos legislativos quedan reducidos a tres: consulta, codecisión y dictamen.
- Se modifica la composición del colegio de comisarios.
- Se amplía el ámbito de
jurisdicción del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
- Se incluye un procedimiento para constatar la existencia de una violación grave y persistente por parte de un Estado miembro.
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