lunes, 4 de febrero de 2013

TRATADO DE AMSTERDAM


         El Tratado de Ámsterdam entró en vigor el 1 de Mayo de 1999 siendo ratificado por todos los Estados miembros,  convirtiéndose así en la nueva normativa legal de la Unión Europea.
 
        Tras revisar el Tratado de Maastricht, fue aprobado por el Consejo de la Unión Europea de Amsterdam (16 y 17 de junio de 1997) y firmado el 2 de Octubre de 1997 por los ministros de Asuntos Exteriores de los quince países miembros de la Unión Europea.
 
       Entre los temas a tratar, que habían quedado pendientes en el Tratado de Maastricht figuran: empleo, libre circulación de ciudadanos, justicia, política exterior y de seguridad común, y reforma institucional para afrontar el ingreso de nuevos miembros.

Ø  En 1997 nace Europol, la policía europea, que empezará a funcionar en 2004.

Ø  Se crea la figura de "Mister PESC"(Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común), el ministro de Exteriores de la Unión. Javier Solana, antiguo ministro y ex­­-secretario general de la OTAN, ha sido el primer europeo designado para este puesto.  
Ø  Se estableció la libre circulación de personas en el territorio de la UE, procedentes de sus Estados Miembros  (Tratado de Schengen); sólo Reino Unido, Irlanda y Dinamarca quedan fuera voluntariamente, reservándose el derecho de ejercer controles sobre las personas en sus fronteras.

Ø  Las reformas más importantes llevadas a cabo en las instituciones comunitarias son las siguientes: 
  •        Se fija definitivamente el número de miembros del Parlamento Europeo. 
  •       Se simplifica el procedimiento de codecisión (procedimiento legislativo ordinario: da el mismo peso al Parlamento y al Consejo en muy diversos ámbitos (por ejemplo, los de transportes, medio ambiente o protección del consumidor). Dos terceras partes de las leyes europeas son adoptadas conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo. 
  •       Los procedimientos legislativos quedan reducidos a tres: consulta, codecisión y dictamen. 
  •        Se modifica la composición del colegio de comisarios. 
  •       Se amplía el ámbito de jurisdicción del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.  
  •       Se incluye un procedimiento para constatar la existencia de una violación grave y persistente por parte de un Estado miembro.




No hay comentarios:

Publicar un comentario